sábado, 12 de julio de 2014

El aspecto científico de la trilogía “Ministerio Público-Policía-Peritos” en el nuevo proceso penal de corte acusatorio, adversarial y oral en México


Resumen

El 18 de junio de 2008 se publicó el Decreto por el que se reforman los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115, y la fracción XIII del apartado B del artículo 123, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dando origen a la “Reforma Constitucional en materia de Justicia Penal”, (GOBERNACIÓN, 2008), surgiendo como expectativas básicas: la transformación total del sistema de justicia penal; garantizar de manera efectiva la vigencia del “debido proceso” en materia penal; restablecer la confianza en el aparato de justicia penal y sus instituciones; hacer eficiente la investigación y persecución de los delitos; que el acusado cuente con mayores garantías en la defensa, asegurando con ello la protección, asistencia y participación de las víctimas y ofendidos; y salvaguardar los principios rectores de un Estado Democrático-Constitucional de Derecho.


Introducción

La globalización mundial ha traído como consecuencia la adopción de cambios sustanciales en los sistemas económicos, políticos, sociales, culturales y jurídicos a nivel internacional. Surgiendo con ello en nuestro país, el establecimiento del nuevo Sistema de Justicia Penal cuya base fundamental descansa en el proceso penal de corte acusatorio, adversarial y oral, cuya implementación se pretende concretar en un lapso de 8 años, es decir, en junio de 2016 debe quedar instaurado el proceso penal en toda la República Mexicana.

Sin lugar a dudas, la desconfianza de la sociedad mexicana en las instituciones encargadas de brindar seguridad ha sido un aspecto fundamental de múltiples debates que cuestionan la eficacia, eficiencia y realidad de la transición de un sistema inquisitivo anquilosado por las prácticas de corrupción, impunidad, abuso de autoridad, violaciones a los Derechos Humanos e incapacidad de los gobernantes, a un sistema acusatorio en el que prevalezca la profesionalización de los cuerpos de seguridad, de las instituciones de procuración y administración de Justicia, del sistema penitenciario, pero sobre todo, una actuación de respeto irrestricto a los Derechos Humanos de la víctima u ofendido, del imputado, y en general, de todos los miembros de la sociedad.

La “buena intención” del Estado Mexicano que establece las bases iníciales de un cambio sustancial en la culturización y profesionalización de las instituciones que componen el Sistema Jurídico Mexicano surge a partir de la obligatoriedad del “control difuso de convencionalidad” (HIDALGO MURILLO J. D., 2012) adoptado por virtud de la existencia de cuatro sentencias condenatorias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la resolución del caso “Radilla Pacheco” (SECRETARÍA TÉCNICA, "Caso Rosendo Radilla Pacheco", 2011), dando origen así a las reformas constitucionales en materia de Juicio de Amparo y Derechos Humanos, del 6 y 10 de junio de 2011, respectivamente.  

Para lograr una implementación ordenada, coordinada y homogénea, el artículo Noveno Transitorio del citado Decreto de reformas constitucionales establece que se creará una instancia de coordinación integrada por representantes de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, además del sector académico y la sociedad civil, así como de las conferencias nacionales de Seguridad Pública, Procuración de Justicia y de Presidentes de Tribunales Superiores de Justicia, la cual contará con una Secretaría Técnica (en adelante SETEC) que coadyuvará y apoyará a las autoridades federales y a las locales, cuando estas últimas así lo soliciten. (SECRETARÍA TÉCNICA, 2012).

Derivado de múltiples proyectos legislativos y esfuerzos de coordinación entre autoridades de los distintos niveles de Gobierno para lograr la implementación del nuevo proceso penal, surge la aprobación por el órgano Legislativo Federal, el “Código Nacional de Procedimientos Penales” el 5 de diciembre de 2013.

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Cómo citar este artículo (Normas APA):
MARURI JIMENEZ, Juan A. (2014) El aspecto científico de la trilogía “Ministerio Público-Policía-Peritos” en el nuevo proceso penal de corte acusatorio, adversarial y oral en México” Revista Digital de Criminología y Seguridad TEMA’S. Año II, Número 18. (p. 18-32).


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