Resumen
Con la publicación de la Reforma Constitucional en
materia de Justicia Penal del 18 de junio de 2008 se instituye el proceso penal
de corte acusatorio y oral en México, estableciéndose en sus artículos
transitorios segundo y noveno, las bases para su implementación en 2 grandes
aspectos: entrará en vigor cuando lo establezca la legislación secundaria
correspondiente sin exceder el plazo de ocho años, contado a partir del día
siguiente de su publicación; y la creación de una instancia de coordinación que
contará con una Secretaría Técnica, que coadyuvará y apoyará a las autoridades
locales y federales, cuando así se lo soliciten en relación a la implementación
del Sistema de Justicia Penal.
Uno de los objetivos de la Reforma Constitucional en materia de Justicia
Penal es la implementación del Proceso Penal de corte Acusatorio y Oral, para
lo cual, se pretendió en primera instancia contar con un “Código Modelo” para que tanto la Federación, como las Entidades
Federativas incorporaran en su legislación procesal penal dicho proceso, idea
inicial que nos dejaba con la misma problemática de antaño, la existencia de 33
codificaciones distintas respecto del proceso penal.
Los esfuerzos de las instituciones coordinadas en todos los niveles de
gobierno dieron frutos en el abatimiento de dicha problemática, surgiendo como
resultado de dichos trabajos, la promulgación del Código Nacional de
Procedimientos Penales, siendo la legislación que regirá al Proceso Penal
Acusatorio y Oral, de manera uniforme en toda la República Mexicana en los
ámbitos Federal y Local a mas tardar al 19 de junio de 2016.
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